Desde este 15 de julio de 2024 rige el reglamento de la Ley de Turismo del Ecuador. Se establecen allí algunos incentivos, entre ellos para el turismo comunitario.

El reglamento de la Ley de Fortalecimiento de las Actividades Turísticas ha sido aprobado por el presidente Daniel Noboa y este lunes 15 de julio de 2024 será publicado en el Registro Oficial.

Allí se establece que, en un máximo de 60 días, la banca pública priorizará nuevos programas de acceso a créditos para sectores turísticos, agrícolas, pecuarios, pesqueros artesanales, entre otros. Se crea un Fondo de Turismo, se establecen beneficios tributarios y más medidas.

El ministro de Turismo, Niels Olsen, en una carta pública anuncia este sábado 13 de julio la firma del reglamento, que viabiliza la ley vigente desde el 25 de marzo de 2024. “Siempre habrá adversidades fuera de nuestro control, pero su Ministerio de Turismo siempre responderá y actuará de manera eficiente y eficaz para responder a estas adversidades”, señala Olsen.

En adelante, detallamos los puntos del reglamento.

Fondo de promoción

Se crea el Fondo de Desarrollo Turístico del Ecuador para financiar actividades, programas y proyectos de promoción (turismo doméstico e internacional), competitividad y desarrollo turístico. Este fondo será financiado con las tasas Ecodelta y Potencia Turística.

El ministro dice: Vamos a ir a más eventos, ferias y mostrar que el Ecuador es el mejor país para visitar e invertir en la región. Además se crea un régimen especial simplificado para la contratación pública de la promoción turística que efectúe el Ministerio de Turismo, lo que permitirá que los procesos que se hacen con dinero público sean más ágiles, efectivos y oportunos.

Son más de 20 años que la industria turística luchó por esto y hoy, gracias al Presidente Noboa, lo logramos, cita Olsen.

Aprobado Reglamento de Ley de Turismo

El ministro de Turismo, Niels Olsen, se mostró complacido por la aprobación del reglamento.

Alivio financiero

Reestructuración de deudas con la banca pública: 

  • No se considerarán retrasos o faltas de pago causados por fenómenos naturales o crisis sociales en las zonas declaradas en estado de excepción.
  • Las entidades financieras públicas implementarán un mecanismo extraordinario y simplificado de alivio financiero para deudas de hasta 1 millón de dólares, permitiendo plazos acordes al flujo financiero de cada negocio.
  • En un máximo de 60 días, la banca pública priorizará nuevos programas de acceso a créditos para sectores turísticos, agrícolas, pecuarios, silvícolas, pesqueros artesanales, acuícolas, entre otros.
  • Los prestadores de servicios turísticos podrán reestructurar sus deudas tributarias con el SRI hasta por 24 meses sin cuota inicial si no han cumplido sus obligaciones hasta el periodo 2023.
  • Las pérdidas registradas en 2022 y 2023 podrán descontarse hasta por 5 años en el impuesto a la renta.
  • Los gastos en seguridad durante 2024 podrán deducirse en un 50% adicional para el cálculo del impuesto a la renta.
  • Durante el conflicto armado interno, el presidente podrá remitir intereses, multas y recargos de obligaciones tributarias generadas en ese período.
  • Los establecimientos turísticos con deudas con el IESS podrán acceder a facilidades de pago sin abono inicial.

Inventivos generales

Aprobado Reglamento de Ley de Turismo

En el reglamento de la Ley de Turismo se menciona lo que ya rige, la baja al 8% del IVA en los feriados nacionales.

  • Los pagos al exterior por organización, producción y presentación de espectáculos artísticos y culturales tendrán una retención del Impuesto a la Renta del 15% (10 puntos porcentuales menos).
  • Reducción del IVA del 15% al 8% durante 12 días al año en feriados nacionales.
  • Eliminación del 5% del ISD a las aerolíneas, permitiendo acuerdos de cielos abiertos.
  • Eliminación progresiva del 5% del recargo al costo del combustible aéreo para hacer a nuestro país más competitivo y atractivo para las aerolíneas.
  • Las sociedades de gestión colectiva establecerán tarifas razonables y coordinadas con SENADI y Ministerio de Turimo antes del 31 de diciembre de 2024. 
  • Los establecimientos de alojamiento podrán ofrecer servicios de transporte bajo la modalidad de cuenta propia (transfers) entre aeropuertos/puertos y hoteles.
  • En un máximo de 180 días, la ANT actualizará los estudios para ampliar la flota de transporte terrestre turístico donde sea necesario.
  • Los guías nacionales de turismo de media y alta montaña podrán realizar transporte a quienes reciban sus servicios de guía, de acuerdo con la normativa que se expida para el efecto.
  • Los GADs podrán exonerar impuestos, tasas y contribuciones municipales por 7 años y generar incentivos adicionales para inversiones.
  • Publicado en la primera ley económica urgente del Presidente Daniel Noboa, exoneración al impuesto a la renta para inversiones superiores a $100 mil dólares en el sector turístico y retención al IR de 0% para los pagos que se realicen al exterior en pago de comisiones a OTAs, marketing, participación en ferias, entre otros. 

Desarrollo turístico 

Zonas de Otavalo Rincón Mágico

En Otavalo se inauguró este 2024 el primer mercado gastronómico del país, según se lo denominó.

  • El Ministerio de Ambiente reforzará y creará planes de desarrollo para el equilibrio ambiental de las playas de nuestro país.
  • El Ministerio de Turismo promoverá y fomentará proyectos de turismo comunitario, reconociendo la iniciativa comunitaria como un pilar fundamental para el desarrollo turístico del sector rural del Ecuador.
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